En desarrollo · disponible en octubre de 2026

ProdexDeCA: el documento de control de tus transportes, ya en digital

Desde el 5 de octubre de 2026 el documento de control deja de admitirse en papel. ProdexDeCA genera el PDF nativo con su código QR, lo publica en una dirección única y lo conserva el año que exige la norma.

Queda para el 5 de octubre de 2026
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Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible · Resolución de 5 de junio de 2026
PDF nativoGenerado desde los datos, no escaneado
Código QREl agente descarga el documento en el control
URL únicaDescarga directa por HTTPS, sin contraseñas
12 mesesConservación incluida, como exige la norma
Antes de contratar nada

Comprueba si la obligación te afecta

No todos los transportes necesitan DeCA. Preferimos que lo sepas antes de hablar con nosotros, porque a lo mejor no te hace falta.

Sí lo necesitas

  • Haces transporte público de mercancías por carretera dentro de España
  • Contratas a un transportista para mover tu mercancía: eres el cargador contractual
  • Realizas operaciones de cabotaje en territorio español
  • Transportas viajeros y debes emitir hoja de ruta

No lo necesitas

  • Mueves tu propia mercancía con tus vehículos y tus conductores: es transporte privado complementario
  • Haces transporte internacional, que sigue con sus propios documentos como el CMR

En el transporte privado complementario sigues teniendo que llevar a bordo documentación que acredite que la mercancía, el vehículo y el conductor pertenecen a tu empresa.

Qué incluye

Lo que resuelve ProdexDeCA

Una herramienta corta y concreta: emitir el documento, entregarlo al conductor y tenerlo disponible cuando alguien lo pida.

Emisión antes de salir

Rellenas los datos del servicio y el documento queda creado con su fecha y su hora, antes de que el camión arranque.

QR en el documento

Cada DeCA lleva su código impreso. En un control, el agente lo escanea y se descarga el PDF al instante.

Dirección única y segura

Enlace HTTPS propio de cada documento, con descarga directa y sin pedir credenciales a quien lo consulta.

Cambios en ruta

Si cambia el vehículo o el destino, se corrige el documento dejando constancia de qué cambió, cuándo y por qué.

Archivo de 12 meses

Todos tus documentos guardados y localizables por matrícula, transportista, cliente o fecha durante el plazo legal.

Copia para el conductor

El conductor lo lleva en el móvil o impreso. En los dos casos el QR viaja con él.

Cómo funciona

Cuatro pasos, sin cambiar tu forma de trabajar

Das de alta tus datos

Transportistas con su NIF, vehículos con sus matrículas y los orígenes y destinos que repites.

Creas el servicio

Eliges transportista, vehículo, mercancía y peso. Si el envío ya está en tu ERP, los datos vienen solos.

Se genera el DeCA

Obtienes el PDF con su QR y su enlace. Se lo pasas al conductor por el medio que prefieras.

Queda archivado

El documento se conserva accesible durante doce meses para ti y para la otra parte del transporte.

Suite Prodex

Si ya trabajas con nosotros, no tecleas nada dos veces

ProdexDeCA se conecta con las aplicaciones que ya usas. El documento sale de la hoja de reparto o del albarán que tu equipo ya prepara, con los transportistas y las matrículas que ya tienes dados de alta. Y si aún no eres cliente, funciona por su cuenta desde el navegador.

ProdexMeat ProdexWork ProdexAgro ProdexFactur Otros ERP vía API
Requisitos técnicos

Lo que pide la Resolución de 5 de junio de 2026

Estos son los requisitos que fija la norma para las aplicaciones que generan el DeCA, y los que guían el desarrollo de ProdexDeCA.

Los datos del artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012, con cargador contractual y transportista efectivo diferenciados
Fichero electrónico creado antes del inicio efectivo del servicio
Registro de la fecha y la hora de creación y de cualquier modificación posterior
PDF nativo digital, nunca una imagen o un escaneo
Código QR incorporado al propio documento
URL única bajo HTTPS con descarga directa, sin credenciales ni pasos manuales
Repositorio disponible para las inspecciones en carretera
Conservación mínima de un año por cargador y por transportista
Agrupación de varios envíos en un mismo documento cuando coinciden las partes
Copia para el conductor, en el móvil o en papel, siempre con el QR
Preguntas frecuentes

Dudas que nos llegan cada semana

¿Desde cuándo es obligatorio?

Desde el 5 de octubre de 2026, según la disposición transitoria octava de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible. Sus características técnicas están en la Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril.

¿Vale con una foto o un escaneo del documento en papel?

No. El documento tiene que generarse digitalmente desde los datos del servicio y llevar incorporado su código QR.

¿Hay que certificar el software del DeCA?

No. El Ministerio de Transportes lo aclara expresamente: las aplicaciones del DeCA no requieren certificación. Esa exigencia corresponde a las plataformas eFTI, que es un marco europeo distinto y posterior.

¿Quién es responsable de que el documento exista?

El cargador contractual y el transportista efectivo. Ambos deben asegurarse de que el transporte lleva la documentación exigida y de que los datos son correctos.

¿Puedo llevarlo impreso?

Sí, siempre que la copia impresa incluya el código QR.

¿Se puede emitir un solo documento para varias entregas?

Sí, cuando el cargador contractual y el transportista efectivo son los mismos en todos los envíos. Cada envío queda identificado con su origen, su destino y su mercancía.

¿Y el eCMR internacional?

El DeCA cubre el transporte interior y el cabotaje. Los transportes internacionales siguen usando los documentos previstos en los convenios, como el CMR.

Reserva tu plaza antes del 5 de octubre

Estamos desarrollando ProdexDeCA con fecha de salida en octubre de 2026. Si nos dices cuántos transportes mueves al mes y con qué programa trabajas, te avisamos en cuanto esté disponible y lo dejamos preparado para tu operativa.

Quiero que me avisen

ProdexDeCA se encuentra en fase de desarrollo. La información de esta página tiene carácter divulgativo y no sustituye al texto de la Ley 9/2025, de la Orden FOM/2861/2012 ni de la Resolución de 5 de junio de 2026. Para el encaje concreto de la obligación en su actividad, consulte con su asesor o con la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril.

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